Pueblos y comunidades indígenas
Nuestro país, al contar con varias decenas de etnias autóctonas, es poseedor de una gran riqueza cultural y étnica recientemente reconocida mundialmente, siendo marginados en su grupo de derechos sociales, así como del desarrollo económico, político, social y cultural, desconociéndose las manifestaciones propias de sus culturas.
Nuestro orden constitucional en su artículo 2°, reconoce sus derechos a la autonomía y a la libre determinación, así como el uso y aplicación de su derecho consuetudinario y el acceso a la tenencia de la tierra y al uso y disfrute de los recursos naturales, teniendo así, un marco general para el desarrollo de representación de las comunidades indígenas, como el hecho de que en los municipios con población indígena, estos tendrán derecho a nombrar representantes ante los ayuntamientos; estableciéndose el impulso de su representación y participación en la adopción de políticas públicas, en específico las de impulsar el desarrollo de las comunidades indígenas.
Así pues, los pueblos y las personas indígenas constituyen uno de los sectores de la sociedad mexicana que requiere mayor atención para su desarrollo económico, político, social y cultural. Por ello, es necesario construir en el país una cultura de respeto, tanto a sus derechos individuales como a los que adquieren como miembros de una comunidad.
La Declaración sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas y Lingüísticas (1992) establece que los Estados protegerán la existencia y la identidad nacional o étnica, cultural, religiosa y lingüística de las minorías dentro de sus territorios respectivos y fomentarán las condiciones para la promoción de esa identidad, entre ellas disfrutar su propia cultura; profesar y practicar su propia religión, y utilizar su propio idioma, en privado y en público, libremente y sin injerencias ni discriminación de ningún tipo.